Decreto pontificio mediante el cual Alejandro VII, por divina providencia, manda “debajo de precepto” que en todos los territorios de la Monarquía Hispánica se rece el Oficio de la Inmaculada Concepción con Octava, tanto por clérigos regulares como seculares.
El impreso recoge además la autorización para celebrar la Misa propia de la Inmaculada, siguiendo las lecciones del Octavario Romano, aprobadas por la Sagrada Congregación de Ritos.
Incluye la certificación y firma de Francisco Malthiery, notario apostólico, y la validación final de los notarios apostólicos del Tribunal de la Nunciatura de España, fechada en Madrid en 1664.
Contiene abundante aparato diplomático: rúbricas manuscritas, validaciones notariales y referencias a traducción desde el original latino remitido desde Roma.
Roma (Italia); Ciudad del Vaticano; Misiones de América, Asia vinculadas a la Curia Romana y Filipinas (Manila)
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Decreto pontificio promulgado por el papa Alejandro VIII en la que se conceden indulgencias, gracias espirituales y beneficios religiosos a los fieles y a los religiosos de la Orden de los Hermanos Menores de la Observancia y Reformados.
El documento establece indulgencias plenarias y parciales vinculadas a festividades concretas (San Juan de Capistrano, San Pascual Bailón), a la visita de iglesias y monasterios de la Orden, y al cumplimiento de prácticas devocionales, con el fin de fomentar la piedad, la disciplina regular y el incremento de la fe católica.
Incluye validación pontificia, mención del Anillo del Pescador, firma del cardenal Albanus y pie de imprenta romano.
La Sección reúne la documentación generada por la relación institucional entre la Provincia de San José (Descalzos) y la Curia Romana.
Provincia Franciscana de San José (Descalzos)Bula pontificia de canonización de San Pascual Baylón, religioso lego de la Orden de los Hermanos Menores Descalzos, emitida por el papa Inocencio XII, el 15 de julio de 1691. El documento expone detalladamente su vida, virtudes teologales y morales, fama de santidad, milagros atribuidos antes y después de la muerte, así como el proceso canónico seguido para su beatificación y canonización. Incluye el decreto solemne de canonización, la extensión del culto litúrgico universal y disposiciones relativas a su conmemoración. Se cierra con la fórmula de validación pontificia (Ego Innocentius Catholicae Ecclesiae Episcopus), la relación completa de cardenales y prelados firmantes, indicación del lugar del plomo (Loco plumbi), mención del Cardenal Protodatario, oficiales de la Curia Romana y la nota de registro en la Secretaría de Breves.
Santa Sede, Papa Inocencio XII (pontificado: 1691–1700).Bula pontificia expedida por el papa Clemente IX “ad perpetuam rei memoriam”, por la que se concede indulgencia plenaria y otras gracias espirituales a los religiosos y religiosas de la Orden de San Francisco. El documento establece las condiciones para la obtención de dichas indulgencias en fechas litúrgicas determinadas y faculta a los superiores y ministros franciscanos para su publicación y aplicación. Incluye mandato de ejecución, validación notarial de D. Antonio de Benavides, Comisario Apostólico de la Santa Cruzada.
Santa Sede, papa Clemente IX (pontificado: 1667–1669)Bula pontificia promulgada por Urbano VIII en Roma, fechada el 20 de abril de 1644, por la que se concede jubileo por siete años a los Franciscanos Descalzos que dieren misiones en los pueblos de las Guardianías de la Provincia de San José.
El documento está impreso en latín y presenta cabecera xilográfica con representaciones de santos franciscanos (San Francisco y San Pedro de Alcántara), escudos y emblemas religiosos. Incluye suscripción notarial manuscrita en castellano, certificación firmada por Juan de Talavera (Secretario del Rey y del Consejo de la Santa Cruzada), así como anotaciones posteriores y sello en relieve. Figura la cláusula “Gratis pro Deo”.
Bula pontificia emitida por el papa Inocencio XI en la que se confirman las bulas del papa Urbano VIII, en las que ordena bajo gravísimas penas que todos los religiosos descalzos que vayan a la corte de Madrid, se hospeden en los conventos de San Gil o de San Bernardino y regulan diversos aspectos relativos al gobierno, administración económica, obediencia, disciplina regular y gestión de bienes de la Provincia de San José de la Orden de los Hermanos Menores Descalzos.
El documento aborda cuestiones relativas a la autoridad de los superiores, la validez de actos administrativos, la observancia de las constituciones y la resolución de conflictos internos, incluyendo disposiciones sobre censuras, obediencia, administración de limosnas y recursos, así como la confirmación de privilegios apostólicos.
Incluye rúbricas notariales y validación mediante sello.
Breve pontificio mediante el cual el papa Gregorio XIII confirma, regula y protege la organización de la Provincia de San José de los franciscanos descalzos en los reinos de España y en todas las Indias.
Incluye:
Confirmación jurídica de la Provincia de San José.Reconocimiento de sus ministros, custodias, casas y monasterios.
Prohibición de que los frailes de la Observancia interfieran, molesten o pretendan separar casas, territorios o competencias de los descalzos.
Atribución de jurisdicción al Ministro General de los descalzos.
Normas para celebración de misas, visitas, disciplina y correcciones.
Validez plena del Breve frente a futuras alegaciones o contradicciones.
Cláusulas sobre autenticación notarial y copias válidas.
La Custodia de San Gregorio Magno en las Islas Filipinas queda sujeta a la Provincia de San José.
El reverso del último folio presenta anotaciones manuscritas en castellano, del siglo XVI, referentes a certificaciones, validaciones o constancias administrativas de uso interno dentro de la Orden. La escritura, realizada en tinta ferrogálica, incluye nombres, fórmulas notariales y referencias a autoridades del Consejo Real de las Indias. Estas notas documentan la circulación, lectura y autenticación práctica del Breve dentro de la Provincia de San José.
El último folio incluye nombre del impresor: Heredes Antonij Bladij, Impressores Camerales, Roma.
En el folio primero, Breve apostólico en el que Clemente VIII confirma las constituciones de Sixto V y Gregorio XIV relativas a la disciplina, obediencia y vida regular de los Frailes Menores, incluyendo normas acerca de:
• celebración de Capítulos (sexenal, trienal);
• potestad de los ministros y comisarios;
• forma de emisión de testimonios notariales;
• fuerza obligatoria de las constituciones anteriores;
• derogación de prácticas contrarias.
• Recepción de novicios fuera de los Capítulos Provinciales
El documento contiene firma manuscrita de validación del Comisario General de Indias, Fray Francisco de Arzubiaga, sello en lacre en papel y varias notas marginales y dorsales.
El folio segundo es un documento emitido por el Cardenal Jerónimo Matheos, Protector de la orden, que dice literalmente:
«Nos, Jerónimo, Cardenal Presbítero del título de San Pancarcio, Presbítero Cardenal encargado de todo el orden de los Hermanos Menores de la Observancia de San Francisco, Protector, Corrector y Gobernador, damos testimonio y aseguramos que el papa Clemente VIII, por su viva voz y mandato, derogó la pena establecida por la sentencia anteriormente promulgada contra los hermanos del orden de los Menores de San Francisco de la Observancia que infringieran la Constitución dada por el Papa Sixto V sobre las Bibliotecas; había abolido completamente lo que estaba contenido en el punto quinto; y que quiso que todo lo demás permaneciera firme y con pleno vigor. Sin embargo, decretamos que los hermanos del dicho orden no incurran en aquellas penas (si no han aceptado previamente el oficio según lo establecido en la misma Constitución); pero que, si dentro de veinte días después de haber aceptado tal oficio no cumplieren lo contenido en dicha Constitución, entonces sí queden obligados a cumplirlo.
Dado en Roma, en el Palacio de nuestra residencia habitual, el día 19 del mes de marzo del año 1592.
Jerónimo, Cardenal Matheos, Protector.»
Acta notarial levantada en la ciudad de Manila por fray Juan de Noguera y fray Antonio de San Francisco, relativa a la publicación y cumplimiento de una bula pontificia de Pío V. El texto menciona la intervención de la Real Audiencia y la participación de religiosos de la Orden Franciscana en la ejecución de las disposiciones papales. Incluye certificación de fe y firma de testigos.
Provincia Franciscana de San Gregorio Magno de Castilla; autoridades eclesiásticas y notariales de Manila.